Tribunal Electoral estatal confirmó cómputo distrital de la elección de la gubernatura del estado en el distrito electoral 18 con cabecera en Huetamo

Las y los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán atendieron diversos juicios de inconformidad referentes al proceso electoral del pasado 6 de junio, además aprobaron el Proyecto de Acuerdo para la Convocatoria y el Procedimiento de Evaluación para ocupar la Titularidad del Órgano de Control Interno.

Además, desechó la demanda del juicio de inconformidad TEEM-JIN-116/2021, mientras que de los Juicios de Inconformidad TEEM-JIN-106/2021, TEEM-JIN-107/2021 y TEEM-JIN-108/2021 Acumulados, promovidos por los Partidos de la Revolución Democrática, Morena y Acción Nacional y Revolucionario Institucional contra los resultados consignados en el acta de cómputo distrital para la elección a gobernador del Consejo Distrital Electoral 18 de Huetamo.

Por unanimidad, el pleno resolvió sobreseer la demanda por el representante del Partido Revolucionario Institucional en el TEEM-JIN-106/2021, así como la presentada por los representantes de los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática en el JIN-108/2021.

Además, se confirmó el cómputo distrital de la elección de la gubernatura del estado realizado en el consejo Distrital Electoral 18 con sede en Huetamo.

Por otro lado, el TEEM declaró amonestación pública para la entonces candidata a la elección consecutiva a la Presidencia Municipal de Lázaro Cárdenas, Michoacán por la existencia del uso indebido de propaganda electoral y la violación al principio de equidad en la contienda, de igual forma amonestación pública para el partido MORENA a quien se le atribuyó culpa in vigilando.

Lo anterior al resolver el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-085/2021, interpuesto por el Partido de la Revolución Democrática y otro.

Durante esta sesión, las y los magistrados también aprobaron el Proyecto de Acuerdo para la Convocatoria y el Procedimiento de Evaluación para ocupar la Titularidad del Órgano de Control Interno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, en cumplimiento a lo ordenado en el Decreto 567 del Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

error: Contenido Protegido