Suprema Corte hecha por tierra federalización de la nomina educativa en Michoacán

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un falló en contra de la federalización de la nómina en Michoacán, al determinar que las entidades federativas no pueden “transferir sus obligaciones administrativas, operativas, presupuestarias y laborales en el ámbito educativo”.

Así lo sentenció este jueves la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver la controversia constitucional 26/2019, interpuesta por el exgobernador de Michoacán, Silvano Aureoles Conejo, para terminar el acuerdo con el gobierno federal y devolverle la administración de la educación pública en la entidad, incluida la nómina magisterial.

En su determinación, la SCJN señala que con el proyecto se estaría vulnerando lo establecido en el artículo 13 de la Ley General de Educación, por lo que se desechó la promesa de campaña del gobernador Alfredo Ramírez Bedolla y, a su vez, compromiso que estableció el presidente Andrés Manuel López Obrador desde abril de 2019.

“No puede pretender transferir a la Federación los servicios educativos en los que concurre con ésta y mucho menos los que le competen de forma exclusiva en términos de lo previsto en el artículo 13 de la Ley General de Educación, consistentes en la prestación de los servicios de educación inicial, básica, incluyendo la indígena, especial, así como la normal”, se leyó en el fallo.

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