La Secretaría de Educación Pública (SEP), anunció mediante un decretó que ningún alumno de primaria y secundaria podrá reprobar este ciclo escolar 2021-2022; es el segundo año que se emite dicha orden.
A través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la SEP informó que este ciclo escolar que está por concluir 2021-2022, los alumnos de primaria y secundaria no podrán reprobar.
De acuerdo a lo establecido por la SEP, la calificación mínima que se podrá registrar en las boletas de los alumnos de dichos niveles académicos será 6.
Esto como medida para favorecer la reinserción escolar; el trayecto educativo, y la permanencia de estudiantes en el Sistema Educativo Nacional.
SEP emite decreto; alumnos no podrán reprobar
La tarde del pasado martes 28 de junio, la SEP anunció mediante el Acuerdo número 11/06/22 del DOF las acciones específicas y extraordinarias para regular el fin del ciclo escolar 2021-2022, así como el inicio del 2022-2023.
En dicho acuerdo, se establecen los lineamientos correspondientes a la evaluación del sistema de educación básica:
- Preescolar
- Primaria
- Secundaria
Los cuales deberán ser respetados por escuelas públicas y privadas a cargo de la Federación, Estados y Municipios.
¿Qué ordena el decreto de la SEP?
El decreto de la SEP emite las siguientes recomendaciones y puntos a seguir por padres, tutores y profesores:
- Autoridades Educativas locales, autoridades escolares, docentes, padres y tutores deberán otorgar todas las facilidades para que los y las estudiantes puedan ser valorados y reincorporados en las escuelas, para contribuir al no abandono escolar.
- Se deberá evaluar a quienes hayan tomado clases a distancia, mixto o de manera presencial.
- Para establecer las calificaciones se deberán tomar en cuenta: trabajos, tareas, actividades escolares adicionales; así como la condición particular en la que se ha desenvuelto cada alumno.
- No se tomará en cuenta el criterio del 80% de asistencia a los grados de educación básica para su acreditación y promoción de grado escolar.
- En todos los casos en los que se asiente una calificación en las boletas de alumnos de primaria y secundaria no podrá ser inferior a 6; en caso de los alumnos de 3° de secundaria se podrán establecer los exámenes extraordinarios de materias que adeuden de 1° y 2° grado durante el tercer periodo de evaluación.