¿Negligencia médica en el IMSS? Puedes demandar directamente al doctor sin incluir al hospital: Poder Judicial de Michoacán
Morelia, Mich., 7 de octubre de 2026.- Un médico puede ser demandado de manera individual por una presunta negligencia profesional sin que sea obligatorio incluir en el mismo juicio al hospital o institución pública de salud donde presta sus servicios, determinó el Juzgado Cuarto Civil de Morelia.

El criterio surgió dentro de un juicio ordinario civil promovido por una persona que reclamó responsabilidad a varios profesionales de la medicina. Durante el procedimiento, uno de los médicos solicitó que también fuera llamado a juicio el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al señalar que la atención cuestionada ocurrió en una unidad de esa institución y conforme a sus protocolos.
Sin embargo, el juez consideró que la presencia del IMSS no era indispensable para analizar la posible responsabilidad civil del profesionista, debido a que su actuación médica puede ser examinada de manera independiente de la responsabilidad que, en su caso, pudiera corresponder a la institución de salud.
La resolución establece una diferencia entre la responsabilidad civil atribuible directamente a un médico por una eventual actuación negligente y la responsabilidad patrimonial que pudiera reclamarse a una institución pública por fallas relacionadas con su organización, administración o prestación de servicios.
De esta manera, una persona que considere haber sufrido daños derivados de la actuación de un profesional de la medicina puede acudir a la vía civil contra éste, sin que necesariamente deba demandar también a la institución en la que ocurrió la atención.
El Poder Judicial de Michoacán precisó que la determinación únicamente resuelve un aspecto procesal relacionado con las partes que deben intervenir en el juicio y no significa que se haya demostrado negligencia médica ni que exista una condena contra los médicos involucrados.
