Multa de mil 26 pesos a automovilistas que trasladen a menores de 5 años en asientos delanteros

Con el propósito de salvaguardar la integridad física de las y los niños, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), exhorta a la población para que menores de cinco años, viajen en los asientos posteriores de los vehículos, tal como lo establece el Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado; la sanción económica a quienes no acaten esta disposición es de mil 26 pesos.

Porque prevenir es tarea de todos, la Institución mantiene diferentes acciones preventivas encaminadas a salvar vidas y fomentar una adecuada cultura vial, así como respetar dicho Reglamento, el cual establece en el artículo 78, fracción V, que los menores deben viajar en los asientos posteriores del vehículo.  

Por lo anterior, la SSP recomienda que se utilicen los asientos de seguridad, los cuales son un aditamento que pueden ser orientado hacia el frente y atrás. Esta herramienta, reduce considerablemente el porcentaje de riesgo sobre lesiones físicas en los niños, en caso de que ocurra una colisión.

Además, se invita a la población para que los menores de 12 años sean colocados en el asiento trasero del medio, con su respectivo cinturón de seguridad, ya que es el lugar más seguro en los automóviles.

En caso de algún conductor sea sorprendido, llevando en los asientos del frente a un niño de cinco años o menor, será sancionado con 10 Unidades de Medida de Actualización (UMAS), lo cual corresponde a mil 26 pesos, como lo establece el artículo 98, fracción IV, inciso d, del Reglamento.

De esta manera, la SSP trabaja por fomentar en la ciudadanía una cultura de respeto y legalidad.

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