Multa de 616 pesos para quien exceda los límites de velocidad en zonas escolares

Para respetar los límites de velocidad en zonas escolares y garantizar la seguridad de quienes transitan por dichas zonas, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), invita a la población a respetar las señalética vial, tal y como lo estipula el Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado; quien no acate esta disposición, será a acreedor una multa de 616 pesos.

Con la finalidad de salvaguardar la integridad física de las y los estudiantes, así como agilizar el flujo vehicular en las inmediaciones de los centros educativos, el citado Reglamento, establece en su artículo 62, que la velocidad permitida en zonas escolares es de 20 kilómetros por hora.

Las y los automovilistas que contravengan las disposiciones estipuladas en el Reglamento, serán sancionados de acuerdo a lo estipulado en el artículo 98, fracción IX:

a) Por exceder los límites de velocidad autorizados, se realizará una multa de 5 UMAS, equivalentes a 616 pesos.

error: Contenido Protegido