Continúa la implementación del programa Borrón y Cuenta Nueva (PBCN); dirigido a propietarios de unidades del servicio público, particular y motocicletas, que inició del 15 de julio y concluirá el 15 de diciembre, para las y los propietarios de vehículos, podrán acercarse a las oficinas de Rentas a solicitar la aplicación de las condonaciones de adeudos generados por omisión de pago de refrendo y/o reemplacamiento.
Para vehículos del servicio particular y motocicletas, en este periodo de aplicación del programa que dará oportunidad a que las y los michoacanos pongan al corriente su vehículo, se aplicarán condonaciones dependiendo del mes en que se realice el pago.
Es decir, para las personas que hagan el trámite en el periodo del 15 de julio al 15 de octubre pagarán únicamente el Refrendo Vehicular 2019 y, en caso de ser necesario, el reemplacamiento, para el periodo del 16 de octubre al 15 de noviembre las y los michoacanos deberán realizar el pago de los refrendos vehiculares del año 2019 y 2018.
Para el periodo del 16 de noviembre al 15 de diciembre, aplicará el pago obligatorio de los refrendos vehiculares de los años 2019, 2018 y 2017, así como del trámite de reemplacamiento en caso de así requerirlo.
El programa Borrón y Cuenta Nueva no contempla descuentos en otros trámites fuera de los señalados, los trámites extras a los contemplados en el programa, mantendrán sus costos normales y constituirán un pago adicional al que se indique como saldo total.
DE LOS REQUISITOS:
Los requisitos y documentos que deberán presentar en original y copia, para acceder a los beneficios que contempla este programa, son:
El contribuyente deberá acudir de manera personal a realizar el trámite; en caso de realizarlo a través de terceras personas, el representante deberá presentar poder notarial o carta poder simple (tratándose de familiar directo) firmada ante dos testigos, anexando copia de la credencial del INE de apoderado, apoderante y los dos testigos, ratificándose la autorización fiscal.
A) Para trámite de pago de refrendo y láminas (Programa Borrón y Cuenta Nueva):
1. Solicitud por escrito para adherirse al Programa “Borrón y Cuenta Nueva” dirigida a la Dirección de Recaudación.
2. Identificación vigente (IFE, INE, Pasaporte, etc.).
3. Comprobante de domicilio.
4. Factura del vehículo (en caso de financiamiento, copia de la factura de origen y carta factura original vigente).
5. RFC (Registro Federal de Causantes) con Homoclave.
6. CURP (Clave Única de Registro Poblacional).
B) Para canje de placas (además de los mencionados en el inciso A)
1. Tarjeta de Circulación.
2. Placas (2 láminas, 1 en caso de motocicletas).
C) Para vehículos de procedencia extranjera (además de los mencionados en el inciso A)
1. Pedimento de Importación y Validación Positiva.
Los requisitos y costos de trámites no contemplados en el Programa Borrón y Cuenta Nueva, pero que son necesarios para poder acogerse a los beneficios del mismo, como cambio de propietario, alta o baja vehicular, etc. podrán consultarse en la página oficial de la SFA www.secfinanzas.michoacan.gob.mx, menú trámites vehiculares, mismos que mantendrán el costo indicado.
Los pagos deberán realizarse exclusivamente en las cajas de las administraciones o receptorías de rentas más cercanas a su localidad. Para mayores informes comunicarse al 070 opción 2 o acude a la oficina de rentas más cercana a tu localidad.