La prohibición para que menores de 12 años viajen como pasajeros en motocicleta en el Estado de Guerrero ya es un hecho legal, luego de que el Decreto Número 487 fue publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el pasado viernes 13 de marzo de 2026.

De acuerdo con el documento, la reforma entrará en vigor en un plazo de 60 días a partir de su publicación, por lo que será obligatoria en todo el territorio estatal una vez concluido ese periodo.
La modificación a la Ley Número 849 de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Guerrero establece la prohibición de circular en motocicleta con pasajeros menores de doce años de edad, así como con personas que no puedan sujetarse por sí mismas o colocar adecuadamente los pies en los estribos.
Como excepción, la ley contempla a las motocicletas destinadas al transporte público que cuenten con cabina y cinturones de seguridad para los pasajeros, vehículos que no son comunes en la entidad.
Esta reforma fue aprobada por unanimidad en el Congreso del Estado durante las sesiones celebradas los días 13 y 14 de enero de 2026, sin que se registraran votos en contra ni reservas en lo particular, lo que permitió su aval inmediato por el Pleno.
Tras su aprobación, la Mesa Directiva emitió la declaratoria correspondiente para la expedición del decreto, que posteriormente fue remitido a las autoridades competentes para su publicación y entrada en vigor.
En los artículos transitorios se establece que, durante el plazo de 60 días, dependencias estatales y ayuntamientos deberán realizar las adecuaciones necesarias a reglamentos y normativas, además de implementar campañas de concientización sobre seguridad vial.
Asimismo, se contempla la participación de la Comisión Técnica de Transporte y Vialidad del Estado junto con los municipios para promover acciones que informen a la ciudadanía sobre esta nueva disposición legal.