El exgobernador de Michoacán, Silvano Aureoles Conejo, promovió un juicio de amparo ante la justicia federal para evitar ser detenido por autoridades judiciales, en el marco de una investigación que lo señala como presunto responsable del desvío de recursos públicos por un monto de 3 mil 412 millones de pesos. Dichos fondos estaban destinados a la construcción de siete cuarteles de policía en la entidad durante su gestión.

El recurso legal fue interpuesto el pasado 21 de abril ante el Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México, donde el secretario en funciones de juez concedió al exmandatario la suspensión provisional contra cualquier orden de aprehensión que haya sido librada por un juez de control federal. Como condición para que esta medida cautelar surta efecto, el exfuncionario deberá cubrir una garantía de 52 mil pesos en un plazo no mayor a cinco días.
Aureoles Conejo, actualmente prófugo de la justicia, promovió el amparo en contra de actos atribuidos al Juez de Distrito en Funciones de Juez de Control adscrito al Centro de Justicia Penal Federal con sede en el Reclusorio Norte, y de otras autoridades. Entre los actos que reclama se encuentran la emisión y ejecución de órdenes de captura, reaprehensión, comparecencia judicial, y otras medidas restrictivas de su libertad.
En su resolución, el secretario en funciones de juez explicó que la suspensión tiene como fin que “las cosas permanezcan en el estado que actualmente guardan”, es decir, evitar que se le prive de su libertad mientras se resuelve la solicitud de suspensión definitiva. Esto aplica incluso si en el procedimiento penal se llegara a imponer una medida de prisión preventiva justificada.
Además, se puntualizó que la suspensión también procederá cuando se trate de delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa, conforme al artículo 166, fracción I, de la Ley de Amparo, en tanto no se emita una resolución sobre la suspensión definitiva.
Finalmente, el juzgado requirió a las autoridades responsables que presenten sus informes previos en un plazo de 48 horas hábiles, contadas a partir de su notificación legal. En caso de incumplimiento, los actos reclamados podrían presumirse ciertos y se les impondría una sanción económica.