Congreso de Michoacán cierra paso a deudores alimentarios y agresores en candidaturas
Las personas inscritas en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, así como quienes cuenten con sentencias firmes por violencia o corrupción, no podrán contender por cargos de elección popular en Michoacán, tras la reforma electoral aprobada por la Septuagésima Sexta Legislatura del Congreso del Estado.

Con las modificaciones al artículo 13 BIS del Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo, las y los diputados establecieron nuevos criterios de elegibilidad para aspirantes a cargos públicos, con el objetivo de impedir que perfiles con antecedentes de incumplimiento alimentario, violencia o delitos graves participen en procesos electorales.
El nuevo marco legal señala que quedarán impedidas para ser postuladas aquellas personas declaradas deudoras alimentarias conforme a la legislación vigente, incluyendo quienes aparezcan en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias. Además, el Instituto Electoral de Michoacán deberá verificar que los aspirantes no se encuentren inscritos en dicho padrón.
La reforma también contempla restricciones para quienes hayan sido condenados mediante resolución firme por violencia contra mujeres, niñas y adolescentes, violencia familiar, violencia vicaria o violencia política en razón de género. A ello se suman las personas con sentencias por delitos dolosos o vinculados con hechos de corrupción.
Asimismo, se determinó que tampoco podrán acceder a candidaturas quienes tengan una sanción firme de inhabilitación para desempeñar cargos públicos derivada de faltas administrativas graves, mientras continúen vigentes los efectos de dicha sanción.
De acuerdo con lo aprobado por el Pleno legislativo, las y los aspirantes deberán acreditar que no se encuentran en ninguno de los supuestos establecidos en la ley. La reforma armoniza además el Código Electoral local con el artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativo a la suspensión de derechos y prerrogativas ciudadanas.
