Aprueba el Congreso del Estado de Michoacán en lo general reforma a la Ley de Ingresos del Estado de Michoacán para el ejercicio 2020

El Pleno de la Septuagésima Cuarta Legislatura, aprobó en sesión extraordinaria la reforma al artículo 26 de la Ley de Ingresos del Estado de Michoacán para el ejercicio fiscal 2020, de igual forma la votación se convalido de acuerdo con lo que establece el artículo 117 de la Constitución en su fracción VIII.

Luego del análisis y estudio del tema en las comisiones de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública y de Hacienda y Deuda Pública presentaron al Pleno para su discusión y aprobación el siguiente proyecto de decreto de que modifica el mencionado artículo.

La reforma aprobada autoriza al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Michoacán de Ocampo para que, a través de la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado, lleve a cabo la contratación de financiamiento con las instituciones del sistema financiero.

Lo anterior en los siguientes términos hasta por la cantidad de $4,090’000,000.00 (Cuatro mil noventa millones de pesos 00/100 M.N.), a través de uno o varios créditos, para destinarlo a las inversiones públicas productivas y a la constitución de fondos de reserva, así como para realizar diversas operaciones y actos relacionados.

De igual forma se autoriza al Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Finanzas y Administración para que suscriba, con las instituciones del sistema financiero mexicano que ofrezcan las mejores condiciones de mercado, instrumentos derivados asociados a los créditos que se celebren con base en el presente artículo y/o a los financiamientos que constituyen la deuda pública del Estado, con las características, monto, plazo, condiciones y términos, entre otras que se establecen en el decreto.

Cabe destacar que las autorizaciones contenidas en el Decreto fueron aprobadas por las dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso del Estado de Michoacán y se otorgaron previo análisis del destino, de la capacidad de pago del Estado, y del establecimiento de las fuentes de pago correspondientes.

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